Desde ayer, 1 de junio de 2016, Iberia permite portar material deportivo de agua.
En su web pone lo siguiente:
En términos de transporte, se definen como:
Surf/Kite board/Wave board: Una cometa y/o una tabla que no supere los 3,5 m de longitud.
Bodyboard/Boogie board: una tabla de máximo 100x50x20cm.
Windsurf: consta de tabla, botavara, orza, mástil y vela todo envuelto conjuntamente.
Solamente se aceptará un equipo por pasajero.
Presentación del pasajero en el aeropuerto
Dada la naturaleza de este equipaje, el pasajero deberá presentarse en el aeropuerto con una antelación suficiente que permita la facturación y el transporte del equipo hasta el avión y su carga en bodega.
Aceptación al vuelo
Su transporte estará sujeto a la disponibilidad de espacio en el vuelo. Todos los elementos deberán ir adecuadamente colocados y embalados, sujetos de forma tal que impida rotura o causen molestias o daños durante el embarque, transporte y desembarque.
Carga del equipo
Teniendo en cuenta sus características, que normalmente impiden el transporte en las cintas de equipaje, se deja a criterio del personal de la Compañía la utilización de un sistema que facilite el acarreo de este equipaje desde la zona de facturación hasta el avión. Los gastos que pudieran originarse por este concepto, serán a cuenta del pasajero.
Franquicia
En vuelos de Largo recorrido (América, Asia y Sudáfrica), se considera como una pieza transportable dentro de la franquicia del pasajero. Si además de esta pieza añades otra u otras, sobrepasando el número total permitido gratis, se considerará como exceso de equipaje.
En vuelos de Medio y Corto recorrido se aplica un único cargo de 45€*, independientemente de la franquicia permitida.
El peso máximo admitido será de 23 Kg. abonando un cargo por sobrepeso si llega hasta 32 Kg. El cargo deberá abonarse siempre en el aeropuerto
GENIAL, se tendrá en cuenta para distancias cortas.